¿Que es el estado?
La palabra Estado (del latín status) es es un concepto político que se refiere a una forma de organización social, económica y política, formada por un conjunto de instituciones voluntarias o no, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado. Se usa erróneamente como sinónimo de Estado la palabra Gobierno. Para aclarar, si se escribe con minúscula, la palabra estado significa la situación actual que se encuentra una entidad, alguien o algo. Ejemplos: el estado de la pobreza, el estado del tiempo o del clima, el estado civil, el estado de ánimo, el estado o condición física, etc.
Maquiavelo introdujo la palabra Estado en su obra El Príncipe.
Para el senado de colombia, "El Estado es la forma en la que se organiza la sociedad para poder funcionar mejor. Es la unión de nuestra población, las instituciones públicas que nos organizan y nuestra cultura"(s.f.).
Pero hoy en día el concepto que más se acepta es el de Estado-Nación planteado por Weber. Dice que se trata de un tipo de organización donde el estado posee el monopolio absoluta de la fuerza dentro del territorio siempre y cuando sus objetivos sean de integración y homogeneización de la población.
Segun la constitucion del 1993:
El Estado peruano es la Nación peruana jurídicamente organizada, es la entidad que ejerce el gobierno en la República del Perú. La estructura del Estado está definida en la Constitución Política del Perú promulgada en 1993 y vigente desde el 1 de enero de 1994.
Artículo 43°
La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.
¿Cuales son los elementos del estado?
Los elementos que constituyen el Estado son:
- Población (Nacion)
- Territorio (Patria)
- Gobierno (Poder)
- Soberania (Autonomia)
- Ordenamiento juridico (Derecho)
¿Que plantearon: Montesquieu y Rousseau?
Las ideas de Charles Montesquieu (1689-1755) y Juan Jacobo Rousseau (1712-1778) en Francia, son fundamentales a la hora de analizar los poderes que rigen el Estado. Montesquieu hizo una dura crítica a todo intento por mantener la totalidad del poder en manos de una institución o una sola persona. De esta manera, dio formas precisas a la teoría del gobierno democrático, con la separación de los tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, como mecanismo de control recíproco entre los mismos, acabando con la concentración del poder en una misma persona y los consecuentes abusos que históricamente había producido el poder del monarca.
Por su parte, Rousseau en su obra El contrato social postuló que el gobierno debía ser producto de un contrato aceptado libremente por los ciudadanos, y que la soberanía no habría de ser ejercida por un monarca sino que por los propios ciudadanos. De esta forma, la sociedad se hallaría regida por las leyes emanadas de la voluntad general.
¿Cuales son los poderes del estado peruano?
Para que el Estado pueda alcanzar estos fines y logre cumplir con las funciones que le corresponden se han creado tres ramas del poder público: la legislativa, la ejecutiva y la judicial. Estas ramas están integradas por diversos órganos con funciones diferentes.
El Poder Ejecutivo
El Poder Ejecutivo es el ala que ejerce el gobierno del Estado. Formula y ejecuta políticas generales. Está representado por el presidente de la República, quien personifica a la Nación y al mismo tiempo es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y Policiales del país. Es el funcionario de mayor jerarquía nacional y es elegido por voluntad popular.
El Ejecutivo también está comprendido por los ministerios. Estos son carteras individuales que están enfocados y se encargan de determinados sectores de gobierno. El primer ministro, elegido por el presidente, es la cabeza del gabinete. En el país hay 18 ministerios. Estos son: Defensa, Interior, Relaciones Exteriores, Justicia y Derechos Humanos, Economía y Finanzas, Producción, Agricultura y Riego, Energía y Minas, Comercio Exterior y Turismo, Ambiente, Salud, Vivienda, Educación, Transportes y Comunicaciones, Trabajo y Promoción de Empleo, Desarrollo e Inclusión Social, Cultura, Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Artículo 113°
La Presidencia de la República vaca por:
- Muerte del Presidente de la República.
- Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso.
- Aceptación de su renuncia por el Congreso.
- Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado.
- Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117º de la Constitución.
El Poder Legislativo
El Poder Legislativo es la rama del Estado que hace las leyes y que ejerce el control político sobre el Ejecutivo. Es la representación general de la democracia ya que en él está expresada la voz de los ciudadanos.
'El primer poder del Estado’ está representado en el Congreso de la República. Este es unicameral y tiene 130 legisladores. Cada uno es electo por departamentos, de acuerdo a la población electoral, y cada provincia tiene un número de curules. La función del congresista dura cinco años y tiene la potestad de reelegirse.
¿Qué es la Comisión Permanente?
Es un órgano constituido por el Congreso que tiene como objetivo cumplir las funciones de la institución cuando este está en receso, cierre de legislatura o cualquier otra emergencia. Es decir, remplaza al Pleno cuando este no está en vigor.
Esta se instala a más tardar quince días útiles después de la instalación del primer período ordinario de sesiones. A pesar de su nombre no es una comisión ordinaria, si no, es una que tiene carácter especial.
¿Qué facultades tiene?
Esta puede aprobar los dictámenes de proyectos de ley o de resolución legislativa incluidos en la agenda del Pleno. También puede legislar sobre aquellos temas incluidos por acuerdo de la Junta de Portavoces y aprobar las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia.
¿Quiénes la conformar y cómo se eligen?
Está conformada por no menos de 20 congresistas. Para conformar esta mesa, el Presidente del Congreso somete a votación en el primer Pleno de la primera legislatura la nómina de los congresistas propuestos para conformar la Comisión Permanente. Luego, los 130 legisladores tienen la obligación de votar por sus candidatos. El proceso se repite por cada año de gobierno. Es decir, para cada presidencia del Congreso se elige una Comisión Permanente. Esta comisión tiene la particularidad de que mantiene la misma proporción de representantes por bancada que exista en el Pleno.
¿Cómo se convoca?
Para que la Comisión Permanente entre en actividad tiene que ser convocada por el Presidente del Congreso. Además, existe la posibilidad de que al menos nueve congresistas de esta mesa de trabajo firmen una solicitud de convocatoria para que esta entre en acción.
El Poder Judicial
Es el ala encargada de ejercer y administrar la justicia en la sociedad. Es la facultad que tiene el Estado para hacer cumplir las leyes. De este modo se resuelven litigios, protegen los derechos de los ciudadanos y se hace cumplir las obligaciones y responsabilidades innatas a cada parte de la sociedad.
Está encabezado por la Corte Suprema de Justicia que tiene competencia en todo el territorio. Le sigue, en orden jerárquico, las Cortes Superiores que tienen alcance a nivel de distritos judiciales, luego los Juzgados de Primera Instancia y, finalmente, los Juzgados de Paz Letrados y No Letrados.
Está encabezado por la Corte Suprema de Justicia que tiene competencia en todo el territorio. Le sigue, en orden jerárquico, las Cortes Superiores que tienen alcance a nivel de distritos judiciales, luego los Juzgados de Primera Instancia y, finalmente, los Juzgados de Paz Letrados y No Letrados.
Organismos Constitucionalmente autónomos
La Constitución Política del Perú establece diez organismos autónomos. Estos son:
- Tribunal Constitucional: Encargado de control e interpretación de la Constitución. Tiene sede en Arequipa.
- Ministerio Público: Está encabezado por la Fiscalía de la Nación. Representa a la sociedad en los procesos judiciales. Tiene sede en Lima
- Defensoría del Pueblo: Tiene como objetivo proteger los derechos de los ciudadanos, supervisa el cumplimiento de los deberes del Estado y la prestación de servicios públicos. Tiene sede en Lima.
- Contraloría General de la República: Es el ente encargado de controlar los bienes y servicios públicos del país. Tiene la sede central en Lima pero cuenta con oficinas de coordinación regional.
- Consejo Nacional de la Magistratura: Su función es mantener, supervisar y mejorar la justicia en el país. Nombra, ratifica y destituye a jueces. Tiene sede en Lima.
- Superintendencia de Banca, Seguros y AFP: Es el organismo encargado de la regulación y supervisión del Sistema Financiero, de Seguros y del Sistema Privado de Pensiones.
- Jurado Nacional de Elecciones: Fiscaliza los procesos electorales y otorga las credenciales a las autoridades electas. Además es el ente que verifica y monitorea a los partidos políticos. Tiene sede en Lima.
- Oficina Nacional de Procesos Electorales: Es la institución encargada de organizar los procesos electorales. Tiene sede en Lima.
- Registro Nacional de Identificación y Estado Civil: Es la institución encargada de la inscripción de personas, entrega el documento nacional de identidad y registra hechos como nacimientos, matrimonios, defunciones. Durante las elecciones este proporciona el padrón electoral. Tiene su sede central en Lima pero oficinas en cada departamento.
- Banco Central de Reserva: Se encarga de la estabilidad monetaria del Estado. Regula la cantidad de dinero en el mercado nacional, administra las reservas internacionales, emite billetes y monedas e Informa sobre las finanzas del Estado. Tiene sede en Lima.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos
La Convención Americana sobre Derechos Humanos (también llamada Pacto de San José de Costa Rica o CADH) fue suscrita, tras la Conferencia Especializada Interamericana de Derechos Humanos, el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José de Costa Rica y entró en vigencia el 18 de julio de 1978. Es una de las bases del Sistema interamericano de protección de derechos humanos.
Los Estados partes en esta Convención se "comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna".
Si el ejercicio de tales derechos y libertades no estuviere ya garantizado por disposiciones legislativas o de otro carácter, los Estados partes están obligados a adoptar medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacerlos efectivos.
Además, establece la obligación, para los Estados partes, del desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales contenidos en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados.
Como medios de protección de los derechos y libertades, establece dos órganos para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de la Convención: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Ha sido complementada con:
- Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Protocolo de San Salvador), de 1988
- Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la abolición de la pena de muerte, de 1990
Lecturas que se deben de leer:
- La jerarquia del ordenamiento Juridico - Furnish. Recuperado de: http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/6607/6702
- Organigrama del estado peruano. Recupeado de: http://www.peru.gob.pe/docs/estado.pdf
- La estructura del estado peruano - De La Cruz. Recupeado de: http://blog.pucp.edu.pe/blog/wp-content/uploads/sites/479/2011/02/885.pdf
- Lista de los Ministros del Perú. Recuperado de: https://noticia.educacionenred.pe/p/actuales-ministros-del-peru.html
Referencia Bibliografica:
- Definición. (s.f.). Estado. Recuperado de: https://definicion.de/estado/
- Delgado. (2013). Poderes del estado peruano. Recuperado de: http://honorianocivico.blogspot.com/2013/06/poderes-del-estado-peruano-poder.html
- Educalingo.com. (s.f.). Estado. recuperado de: https://educalingo.com/es/dic-es/estado
- Icarito. (2009) Los poderes del estado. Recuperado de: http://www.icarito.cl/2009/12/88-119-9-3-nacion-y-estado.shtml/
- Gloobal. (s.f.). Convención americana sobre derechos humanos. Recuperado de: http://www.gloobal.net/iepala/gloobal/fichas/ficha.php?entidad=Instrumentos_Juridicos&id=896&opcion=descripcion
- PQS. (2018). Conoce a los poderes del Estado. Recuperado de: http://www.pqs.pe/actualidad/noticias/conoce-los-poderes-del-estado
- PQS. (2018). Guía básica: ¿Qué es la Comisión Permanente del Congreso?. Recuperado de: http://www.pqs.pe/actualidad/noticias/guia-basica-que-es-la-comision-permanente-del-congreso
- Román, W. (2013). Poderes del estado peruano. Recuperado de: http://historiawil.blogspot.com/2013/10/poderes-del-estado-peruano.html
- Senado.gov.co. (s.f.). ¿Qué es el Estado y cómo se conforma?. Recuperado de: http://www.senado.gov.co/legales/item/11158-que-es-el-estado-y-como-se-conforma
- Significado. (s.f.). El significado de estado. Recuperado de: https://www.significados.com/estado/
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